Cantones entran a la era de la bicicleta

  • Nueva legislación regula y fija financiamiento a los gobiernos locales para estimular el transporte a dos ruedas

Son pocas las personas a lo largo y ancho de Costa Rica que no se han montado en una bicicleta para desplazarse de un lugar a otro. Incluso hay regiones en las que este medio es el más utilizado por los ciudadanos para trasladarse al trabajo o al centro de estudio.

Sin embargo, hasta ahora son aislados los esfuerzos realizados para ofrecerle a los pedalistas la infraestructura con las características y medidas de seguridad básicas y, a las comunidades, las fuentes de financiamiento para implementarlas.

Pero esa situación está por cambiar. Una reciente ley aprobada en el Congreso les permitirá a todas las comunidades incursionar formalmente en la era de la bicicleta.

Dicho plan, denominado “Movilidad y Seguridad Ciclística”, solo espera el formalismo de la publicación en el diario oficial La Gaceta para que se convierta en ley de la República.

El fondo de este texto es regular, desarrollar, promocionar y fomentar la movilidad ciclística en procura de la seguridad integral del pedalista y el respeto por los espacios para este fin.

Para lograr los objetivos, se declara de interés público la construcción de la infraestructura necesaria, fija la rectoría en esta materia en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, define cinco potenciales fuentes de financiamiento y deja a criterio de los ayuntamientos la conveniencia o no de someterse a esta ley.

Precisamente los dos últimos puntos fueron los más álgidos en la discusión en Cuesta de Moras, pues el texto exigía a todas las municipalidades construir rutas para bicicletas, utilizando para ello el dinero de la Ley 8114, que es el que se destina para la reparación de los caminos cantonales.

Hubo alcaldes a los que les preocupó esa redacción por razones geográficas y económicas, explicó Jéssica Zeledón, coordinadora de Incidencia Política de la Unión Nacional de Gobiernos Locales.

Por un lado, explicó, advertían que había comunidades con relieves quebrados no aptos para bicicletas y, por el otro, consideraban que los recursos para el mantenimiento vial eran limitados como para tener que comprometerlos también en la construcción de ciclovías.

Al final hubo consenso alrededor de la preocupación de los alcaldes, lo que terminó ganando su aceptación y permitió la aprobación de la normativa, expuso Jonathan Espinoza, director ejecutivo de la Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias.

En este avance tuvo una incidencia importante Carolina Hidalgo, presidenta del Congreso y reconocida cletera, quien no solo se preocupó por escuchar las inquietudes de quienes mostraron incomodidad por el texto original, sino que buscó los espacios necesarios para hacerle los ajustes.

El sentimiento que existe a nivel de los municipalistas es de optimismo ya que, aunque el proyecto no les exige a las comunidades adaptarse y estimular el uso de la bicicleta, el hecho de que algunos municipios empezaron su transformación antes de la aprobación de la legislación, hace prever que varios más se sumarán a esta tendencia una vez que entre a regir la nueva ley.

Cartago es uno de los buenos ejemplos en cuanto al estímulo del uso de bicicletas se refiere. Desde principios de esta década su alcalde, Rolando Rodríguez, ha venido transformando el centro del cantón en un espacio multimodal donde confluyen los autos particulares con el transporte público, los peatones y las bicicletas.

En la actualidad el centro brumoso cuenta con más de seis kilómetros de ciclovías y ha ido más allá con la instalación de aparcaderos para bicicletas, el préstamo de bicis para los ciudadanos y, más recientemente, la inclusión de bicicletas eléctricas.

“Este tipo de proyectos tienen un impacto positivo en el área ambiental ya que, al promover el uso de un medio de transporte alternativo como lo es la bicicleta, se reduce la contaminación producida por los vehículos y combate la congestión en carretera”, destacó Rodríguez.

Otras bondades que citó el líder cartaginés es la mejora en la salud y estado físico de los ciudadanos, la recreación segura y la recuperación y mejoramiento de espacios de la ciudad”.

Montes de Oca y el cantón central de San José son otros que han venido trabajando a favor del uso de bicicletas.

El ABC de la ley

¿Qué establece la ley para estimular el uso de bicicletas en todo el país? Acá se lo contamos…

Objeto

Promover y regular el uso de la bicicleta como medio de transporte, trabajo y recreación con el propósito de lograr un beneficio para la salud humana y desarrollar una alternativa a los medios de transporte de personas en zonas urbanas y rurales.

Fines

Regulación, desarrollar, promocionar y fomentar la movilidad ciclística. Será prioridad la seguridad integral del ciclista y el respeto por los espacios para este fin.

Rectoría

Corresponde al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y sus órganos adscritos definir las políticas, los lineamientos técnicos y las directrices en temas de movilidad ciclística.

Incentivos fiscales

Con la finalidad de favorecer el uso de la bicicleta como medio de transporte de empleados y funcionarios, podrán deducir de la declaración tributaria de renta bruta anual, por única vez, los siguientes gastos:
a) Adquisición, construcción o remodelación de muebles o inmuebles de:
i) Estacionamiento y/o almacenamiento de bicicletas.
ii) Servicios sanitarios con duchas y espacio de vestuario y/o cambiador.
b) Adquisición de bicicletas y equipos de reparación de bicicletas para el uso de empleados y funcionarios, en el lugar de trabajo.

Bicicletas públicas

Las municipalidades podrán garantizar la existencia de sistemas públicos de alquiler de bicicletas que responda a las necesidades de las personas usuarias del servicio.

Financiamiento

Hay cinco fuentes de financiamiento para cumplir los fines de esta ley, como son:

a) Los recursos provenientes del impuesto único sobre los combustibles, según lo indicado en la Ley N.° 8114.

b) Los legados y las donaciones.


c) Las contribuciones de organismos nacionales e internacionales, privados o públicos, de acuerdo con los respectivos convenios.


d) Los préstamos internacionales y fondos no reembolsables de la cooperación internacional, destinados a reducir el impacto ambiental de las emisiones de dióxido de carbono.


e) Los recursos provenientes del alquiler de bicicletas u otros servicios relacionados.

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